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12.1 Evaluará durante el período postanestésico: 12.1.1 El paciente al ingreso y alta de la unidad de recuperación postanestésica deberá ser cuidado por un anestesiólogo. 12.1.2 Deberá elaborarse una tabla de signos vitales y de nivel de conciencia. 12.1.3 Anotará los insumos administrados y sus dosis. 12.1.4 Cualquier evento inusual, perianestésico y quirúrgico deberá consignarse en el expediente. 12.1.5 Realizar la visita postanestésica 24 y aún 48 horas después del procedimiento, cuando sea necesario y permanezca el paciente hospitalizado. 12.2 Los pacientes que reciban anestesia general, deberán recibir cuidados postanestésicos consistentes en: administración de oxígeno, de líquidos parenterales y de medicamentos indicados, así como medición de la oxigenación, temperatura, frecuencia cardiaca y presión arterial, frecuencia respiratoria y valoración del estado de conciencia con el equipo disponible para ello en la sala de recuperación. Se acepta que algunos pacientes puedan egresar directamente del quirófano a su cama, siempre y cuando no requieran de los cuidados de la unidad de cuidados postanestésicos, sobre todo aquellos que reciban técnicas regionales, sedación y/o monitoreo que además se encuentren en buenas condiciones y cumplan los requisitos que establece esta Norma. 12.3 La unidad de cuidados postanestésicos es un área que debe contar con los mismos estándares de cuidados para el paciente del período transanestésico y estar anexa al quirófano. 12.4 La vigilancia del paciente en la Unidad de Cuidados Postanestésicos es responsabilidad y deberá proporcionarla un médico del servicio de anestesiología asignado al servicio de recuperación. 12.5 El diseño y equipamiento de esta área y el reclutamiento del personal cumplirá con los requisitos establecidos por las instituciones que acrediten la licencia del Hospital. 12.6 Los procedimientos de enfermería deber estar de acuerdo con las recomendaciones que establezca el servicio de Anestesiología. 12.7 El anestesiólogo conjuntamente con el cirujano y el médico tratante, determinará en base al estado físico y condiciones del paciente, el ingreso de éste desde el quirófano o salas de estudios especializados a la unidad de cuidados postanestésicos o la Unidad de Terapia Intensiva. 12.8 Para el traslado de pacientes intramuros, el equipo mínimo indispensable para el paso del paciente a la Unidad de Terapia Intensiva, incluirá: 12.8.1 Mascarilla válvula balón para presión positiva (tipo ambú). 12.8.2 Fuente de oxígeno. 12.8.3 Sistema de oxigenación o ventilación y similares. 12.8.4 Camilla con barandales para el traslado de paciente. 12.8.5 Monitor de traslado. 12.9 Un paciente transportado a la Unidad de Cuidados Postanestésicos será acompañado por el Anestesiólogo y el cirujano, quienes estarán al tanto de sus condiciones físicas, será evaluado continuamente y conforme a las circunstancias, será tratado clínicamente.
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